Asociación Gallega de Padres y Madres Separados
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¿Custodia compartida?
 La Custodia compartida a debate en el FORO
La Patria Potestad es la figura jurídica recogida en el Código Civil español que recoge el conjunto de deberes y derechos de los padres respecto a los hijos; rige, pues las relaciones parentales.
Sólo en casos muy justificados los Tribunales desposeen a un padre o madre de ella.
Pero existe otra excepción: en caso de separación o divorcio los Tribunales establecen una “custodia ( o tenencia o tuición) exclusiva de los hijos a favor de uno de los progenitores.
La separación y el divorcio tienen como objetivo la suspensión o rescisión del contrato matrimonial; y, salvo los casos antedichos no existe razón alguna para modificar las relaciones parentales (en la práctica, lo que ocurre es que los separados son sospechosos por el mero hecho de serlo).
Por eso debe desaparecer de la legislación de divorcio la figura de la CUSTODIA y ello no obsta para que se regulen las consecuencias de la ruptura de la pareja y entre ellas la residencia habitual de los hijos, las obligaciones económicas concretas de cada progenitor etc.
Todo ello sin modificación de la esencia de las relaciones parentales.
Antonio M. Díaz Piñeiro Presidente Asociación Gallega de Padres
 
otros artículos/noticias
Custodia o Tenencia o Tuición compartida
Julio Trucco, de la Asociación de Nuevos Padres nos proporciona una valiosa pista para encontrar información
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